Calcula en segundos si la subida que te pide tu propietario es legal según la ley española vigente.
Desde el 26 de mayo de 2023, la Ley de Vivienda (Ley 12/2023) obliga a aplicar el IRAV — y no el IPC — para actualizar los contratos de alquiler de vivienda habitual firmados a partir de esa fecha. El IRAV siempre es igual o inferior al IPC, por lo que muchos propietarios aplican el índice que más les conviene.
Usa esta calculadora para saber exactamente cuánto puede subir tu alquiler en 2026 y si la subida que te piden está dentro de la ley. IRAV actual: 2,29% · IPC febrero 2026: 2,3%
La fecha determina qué índice aplica: IPC o el nuevo IRAV.
Para contratos firmados después del 26 de mayo de 2023, el límite máximo legal es el IRAV publicado por el INE — actualmente el 2,29%. Para contratos firmados antes de esa fecha, se aplica el IPC u otro índice pactado en el contrato (IPC febrero 2026: 2,3%). El tope del 3% que estuvo vigente en 2024 desapareció el 31 de diciembre de 2024.
El IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda) es el índice creado por la Ley 12/2023 para limitar las subidas de alquiler. Se calcula como el valor mínimo entre el IPC general, el IPC subyacente y una media ajustada. Lo publica el INE cada mes, en torno al día 14. El IRAV siempre es igual o inferior al IPC, protegiendo al inquilino en períodos de alta inflación.
Si tu contrato se firmó después del 26 de mayo de 2023 y el propietario aplica el IPC, está incumpliendo la Ley de Vivienda 2023. Puedes comunicárselo por escrito adjuntando el dato del IRAV publicado por el INE y exigiéndole que aplique el índice correcto. Si persiste, puedes reclamar ante la OMIC o emprender acciones legales. Analizar tu contrato →
No. La LAU solo permite actualizar la renta una vez al año, en la fecha de aniversario del contrato, y siempre que exista una cláusula de actualización pactada. Cualquier subida fuera de esa fecha o sin cláusula es ilegal.
El INE publica el IRAV mensualmente, en torno al día 14 de cada mes, referido al mes anterior. El dato se aplica a los contratos cuya anualidad vence ese mes. Puedes consultarlo directamente en la web del INE o usar nuestra calculadora que siempre muestra el índice actualizado.
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